Con la promulgación de la Ley N.º 20.504, se instrumentó un nuevo régimen excepcional de facilidades de pago para la regularización de adeudos previsionales ante el Banco de Previsión Social (BPS), el cual comprende a las obligaciones generadas hasta el 26 de junio de 2026.
El esquema distingue de forma clara entre aportes personales y patronales:
En los aportes personales, el saldo de capital original se puede financiar en hasta 36 cuotas mensuales en moneda nacional, sin multas ni recargos. Estas multas y recargos no desaparecen, sino que se sustituyen por un importe equivalente a la rentabilidad máxima del mercado de AFAP expresado en Unidades Reajustables (UR). Este saldo resultante se puede financiar en hasta 72 cuotas con un interés anual del 2%. El régimen incluye las deudas por FONASA, el Aporte Unificado de la Construcción y los tributos por servicios bonificados.
En los aportes patronales y de no dependientes, la deuda se convierte en Unidades Reajustables desde su generación y se financia en hasta 72 cuotas, también con un interés anual del 2%.
Para ingresar al régimen, el requisito general es tener pagas las obligaciones corrientes de los tres meses previos al convenio. ASin embargo, aquí radica el beneficio más destacado para las micro y pequeñas empresas (Mypes): quedan exoneradas de este requisito y acceden, además, a la opción de diferir el inicio del pago mediante un período de gracia de hasta seis meses para la deuda patronal.
Si el convenio incluye la totalidad de la deuda que originó acciones judiciales del BPS, esas acciones quedan suspendidas.
Advertencia, el convenio decae si transcurren dos meses desde el vencimiento de la primera cuota impaga sin regularizar. En ese escenario, resurge la deuda original con los recargos previstos en el Código Tributario y se pierden los beneficios, si bien el BPS queda facultado para analizar la rehabilitación del convenio bajo la exigencia de garantías.
Antes de suscribir un acuerdo, es imperativo realizar un análisis financiero riguroso: evaluar cuánto se financia, a qué plazo y si el flujo de caja de la empresa permite afrontar la cuota con seguridad.
Si requiere asesoramiento para analizar la situación concreta de su empresa, no dude en contactarnos.